Distribución y transporte de energía de alta o media tensión y por distribución troncal, tanto
transportista independiente como empresas concesionarias o grandes usuarios que utilicen
Estructuras Soporte.
La competencia indelegable de la Municipalidad es sobre la obra civil, y en concurrencia con la Provincia y la Nación, de las cuestiones
ambientales que puedan generar las Estructuras y/o el servicio. Esto es lo que se regula por la presente normativa.